La NOM-004-ASEA-2017 es la norma oficial mexicana que regula los sistemas de recuperación de vapores de gasolinas en estaciones de servicio, estableciendo especificaciones técnicas de instalación, operación y evaluación de conformidad para reducir emisiones fugitivas de compuestos orgánicos volátiles en cada despacho. Su cumplimiento está ligado directamente a la vigencia del permiso de expendio: la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa 2025-2026 para la Entrega de Informes de Evaluación de Conformidad, transitando de una obligación difusa a un calendario con fechas específicas y consecuencias directas sobre el permiso ante la Comisión Nacional de Energía (CNE).
El Calendario que Conecta la NOM-004-ASEA-2017 con el SAT
El incumplimiento del Programa activa procedimientos administrativos sancionadores que pueden derivar en la suspensión del permiso ante la CNE. La conexión con la autoridad fiscal es operativa desde el 24 de abril de 2026: el nuevo Complemento Concepto de Hidrocarburos en el CFDI verifica en tiempo real que el emisor cuente con permiso vigente en la lista L_CNE.
Una gasolinera con permiso suspendido no puede timbrar facturas; una que no puede timbrar no puede operar dentro de la economía formal. Las multas por emitir CFDI sin el complemento van de $17,000 a $97,000 pesos por comprobante para personas morales.
RENAGAS 2.0 y la Evidencia Técnica en Campo
La segunda fase de RENAGAS, activa en 2026, añade presión sobre quienes acumulan brechas de cumplimiento. Esta etapa valida las condiciones reales de seguridad y el control documental en campo: las gasolineras deben demostrar que sus equipos de recuperación de vapores operan conforme a lo declarado en sus permisos, puesto que contar con el permiso ya no basta si la operación real no lo respalda.
No presentar el informe NOM-004-ASEA-2017 en el plazo del Programa equivale a declarar una brecha documentada ante la misma autoridad que ahora tiene facultades ampliadas para actuar sin ventana de gracia.
Un Mercado en Expansión con Regulación más Articulada
Al cierre del primer trimestre de 2026, la CNE autorizó 67 nuevos permisos de expendio, 55.81% más que en el mismo periodo de 2025, lo que sugiere que la infraestructura de distribución sigue expandiéndose mientras los operadores existentes enfrentan el entorno regulatorio más articulado de la última década. Las estaciones que no entreguen su informe de evaluación de conformidad NOM-004-ASEA-2017 en los plazos del Programa, no regularicen su situación ante RENAGAS y no mantengan permiso CNE activo en la lista L_CNE enfrentarán simultáneamente el bloqueo del timbrado por parte del SAT, el inicio de procedimientos sancionadores por parte de la ASEA y la posibilidad de suspensión operativa.
